jueves, 2 de junio de 2011

La factura electrónica en el emprendimiento

El escenario actual hace del emprendimiento una forma de vida, son cada vez más los micros emprendedores, PYMES y marcas consolidadas que se lanzan a la aventura de los negocios online. Razones existen más que de sobra y peros también, uno de los aspectos más inquietantes específicamente para los empresarios unipersonales, es la facturación: hacer facturas.

La eclosión de las redes sociales y la necesidad de los países por implementar nuevas tecnologías que faciliten la compra y venta de bienes y servicios, ha derivado en la entrada en vigor el pasado 1 de enero, de la factura electrónica, innovación de la que aun se conoce muy poco, tal y como acredita el porcentaje de PYMES que la han implementado, apenas un 10%.

A fin de resolver las principales dudas que sobre éste ítem se presentan para las empresas, elaboramos un ranking de preguntas frecuentes que les presentamos a continuación.

Factura electrónica: Un gasto más
Ni mucho menos, además de suponer un avance en términos de autenticidad y seguridad, sustituye el envío en papel, por lo que la reducción de costes, edición, papel, franqueo, etc. unido a la facilidad y naturaleza gratuita de la implementación de los sistemas necesarios para el envío, hacen de esta una iniciativa que sin duda, ahorrará costes para las empresas.

Desde el 1 de enero ¿la factura electrónica es obligatoria?
Si bien la administración pública puede exigirla, no es tan estricto con los clientes particulares, de momento, no se ha impuesto la naturaleza obligatoria de la factura electrónica, si bien la tendencia es que finalmente, el sistema utilizado sea homogéneo, por lo que tarde o temprano, su empresa deberá estar preparada para poder enviar este tipo de facturas.

¿Se ha sustituido definitivamente el papel?
No, por el momento, sólo la administración pública exige la factura electrónica, actualmente transitamos por un ciclo híbrido donde los clientes tienen aún derecho de recibir una factura en soporte de papel, sólo en los casos de común acuerdo con los clientes, ésta puede ser sustituida íntegramente por una factura electrónica.

¿Qué datos debe recoger la factura electrónica?
No existe mucha diferencia entre los datos que requiere una factura con soporte en papel y la factura electrónica, ésta debe consignar los siguientes datos:

- Número de orden de la factura
- Emisión
- Razón social, tanto de la empresa que emite como la que recibe
- NIF de los intervinientes
- Datos relativos al domicilio fiscal
- Tipo impositivo y base
- Importe

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